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Ley de tenencia de perros considerados peligrosos

La normativa no especifica la raza de perros considerados peligrosos, pero señala que los dueños tendrán que acudir a los centros de salud, Facultad de Veterinaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala o dependencias más cercanas del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación para que los perros sean registrados y evaluados por expertos y así determinar si son considerados peligrosos o no.

Datos a tomar en cuenta

  1. En espacios públicos, los perros considerados peligrosos deben ser llevados con cadenas o correas de menos de dos metros de longitud, además de un bozal.
  2. Los perros no deberán mostrar signos de agresividad, de lo contrario, podría aplicársele la eutanasia.
  3. Si aprueba se le otorgará la licencia al dueño.
  4. En casos de violar la normativa se podrá suspender la licencia de tenencia, incautación del animal, esterilización del mismo o eutanasia.

Las sanciones en casos de violar la normativa serán de suspensión de la licencia de tenencia, incautación del animal, esterilización del mismo o eutanasia.

Este Decreto Ley prohíbe las PELEAS DE PERROS y sanciona con una multa de 10 a 15 salarios mínimos (aproximadamente unos Q30,000). Cabe recalcar nuevamente que el peligroso no es el perro sino toda la responsabilidad recae sobre su dueño.

Haz clic para leer el decreo de ley 113-2013 sobre la tenecia de animales potencialemente peligrosos

fuente: m.emisorasunidas.com  / Pablo Yos

revisado 12/8/15

 

 

 

 

 

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